2. Tipos y beneficios de los seguros que proporciona el IMSS
Da clic en cada tipo de seguro para conocer los diferentes beneficios de cada uno de ellos:
Tipos de seguros
Seguro de riesgos de trabajo (SRT)

Seguro de enfermedades y maternidad (SEM)

Seguro de invalidez y vida (SIV)

Seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez (SRCV)

Seguro de guarderías y prestaciones sociales

Cubre los accidentes y enfermedades de trabajo a los que están expuestos los trabajadores en el lugar donde laboran.
Cubre las enfermedades no profesionales (es decir, las no originadas por el trabajo). Cubre también los gastos de maternidad para las mujeres trabajadoras. Este seguro otorga la asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria, pero además cubre una parte del salario que el beneficiario deja de percibir por no asistir a su centro de trabajo por alguna de estas causas (en el caso de maternidad el porcentaje es del 100%). Es uno de los mayores beneficios que da el IMSS y sin duda el más valorado.
Cubre los riesgos de invalidez y muerte del asegurado (o del pensionado por invalidez). En el caso de invalidez declarada (cuando el asegurado esté en un estado debido al cual no pueda desempeñar un trabajo por el cual reciba por lo menos el 50% de la remuneración que percibía durante el último año de trabajo), este seguro le otorga una pensión temporal o vitalicia (dependiendo de su estado). En el caso de muerte del asegurado (o del pensionado por invalidez), este seguro otorga una pensión vitalicia a los beneficiarios del asegurado, en términos de la Ley.
Las contribuciones destinadas a este seguro se acumulan en una cuenta individual abierta en la Afore que el asegurado haya elegido, de acuerdo con la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro. En caso de que un trabajador no haya elegido ninguna dentro de los plazos que marca la Ley, en la que le haya sido asignada de acuerdo con los términos de ésta.
El seguro de guarderías incluye aseo, alimentación, cuidado de la salud y educación de menores de 4 años, durante las horas de la jornada de trabajo del padre o madre, en su caso. El ramo de prestaciones sociales comprende, a su vez, prestaciones institucionales y de seguridad social, como pueden ser: fomento a la salud, prevención de enfermedades, educación respecto a alimentación, trabajo comunitario, etc.